El testamento, (del latín testatio mentis, significa «testimonio de la voluntad») y representa el acto jurídico escrito por el cual una persona dispone de sus bienes para después de su muerte.
Por otro lado, si la parte muere sin dejar testamento, se dice que ha fallecido intestada.
La nueva ley índica que a partir de noviembre del 2020 no va a ser requisito la inclusión de los tres testigos en el testamento abierto.
La regulación imperante, entre otras cosas provee, para al momento de la muerte el cónyuge quede más protegido, se pueda desheredar a los hijos, se evite que una donación a un legitimario pueda traerse a la masa hereditaria y se renuncie a la participación que le corresponda, además de que el alcance para el cobro de las deudas del causante no se extienda más allá del caudal a recibirse.


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