DEMANDAS A COHEREDEROS, COMUNEROS y CONCUBINOS

DEMANDAS A COHEREDEROS, COMUNEROS y CONCUBINOS

La demanda es la declaración de una persona, ya natural o jurídica, formulada por escrito y dirigida al tribunal, donde se solicitará el comienzo de un litigio, con un reclamo de bienes y/o derechos y la finalización del mismo mediante sentencia favorable a los intereses del que la radica.

 

Los coherederos son aquellos que por vía de la aceptación de la herencia adquieren un derecho independiente sobre la herencia, tanto es así que la cuota que en ella le corresponde ingresa inmediatamente en su fortuna, por lo tanto, puede enajenar dicha cuota con entera libertad.

Los comuneros son aquellas personas que posee en común con otra u otras una cosa mueble o inmueble. ( condómino o condueño ) .

El concubinato resulta ser la unión de dos personas, un hombre y una mujer, sin im- pedimento para contraer matrimonio, que hacen vida en común, como si estuvieran casados. También se llama concubina a cualquier mujer que hace vida maridable con un varón que no es su marido, cualquiera que sea el estado de ambos.

Las demandas según explicados los términos mayormente se radican ya porque cierto(s) heredero(s) no reconoce(n) a(los) coherederos como titulares con participación en la herencia, o uno o varios tiene(n) el monopolio de los bienes, no comparten los frutos, rentas, no conservan el(los) bien(es), se niegan a proveer documentación o informes de administracion, sustraen activos del caudal sin el permiso de los herederos, no pagan rentas, incluyen a personas ajenas en los bienes comunales etc..